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Laje, nuevamente sobreseído

Es por la clínica del cannabis y tras la sentencia del TOF2.

Incorporó en sus fundamentos la reciente sentencia absolutoria del TOF2 a un productor de la planta para uso terapéutico, en el primer juicio realizado sobre el tema en el país.

El martes pasado, el juez federal Ricardo Bustos Fierro dictó por segunda vez el sobreseimiento del médico Carlos Laje, creador de la Clínica del Cannabis, acusado de comercialización de estupefacientes a raíz de la producción de cremas, aceites, tinturas y cepas derivados de la planta de la marihuana. La decisión benefició también a Héctor Walter Mariño y Paola Toranzo Gil.

Modificó la acusación inicial de ‘comercialización de estupefacientes’ a una figura más benigna, ‘producción y venta de medicamentos sin autorización’. Y la declaró prescripta.

PERFIL CÓRDOBA confirmó que el fiscal, Carlos Casas Nóblega, volverá a apelar esta decisión.

Es la segunda vez que Bustos Fierro se pronuncia en el mismo expediente. Si bien la causa fue generada e investigada en la Justicia provincial, luego pasó a los tribunales federales. La primera vez que exculpó a Laje, Mariño y Toranzo Gil fue en julio del año pasado. En un fallo de avanzada, incorporó al análisis la promulgación de la ley que autorizó el cultivo de cannabis medicinal en el país y los decretos reglamentarios que dieron vida a la norma. Por entonces, su decisión desvinculó de la causa además a otras cinco personas.

El fiscal, Carlos Casas Nóblega, apeló la decisión solo en relación con los tres mencionados y en abril de este año, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó parcialmente la resolución de sobreseimiento y ordenó a Bustos Fierro producir un nuevo análisis. El tribunal de Alzada fundamentó esa decisión en el evidente ánimo de lucro que guió la actividad de Laje y sus colaboradores.

Al profundizar sobre los argumentos ofrecidos por la Cámara, en este último fallo el juez dejó en claro que la Cámara no cuestionó el uso terapéutico del cannabis para tratar dolencias de distinto tipo o en tratamientos paliativos.

Otro aspecto que consideró fue que, desde que comenzó a instruirse la causa se modificaron las leyes y rige en la actualidad una norma más benigna que debe ser tenida en cuenta a la hora del reproche penal a los acusados.

Jurisprudencia nueva. Bustos Fierro también remitió a los argumentos esgrimidos recientemente por el vocal del Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de Córdoba, José Fabián Asís, en el fallo en el que absolvió al productor de cannabis medicinal, Rolando Landgren, considerado como un ´leading case´. Fue el primer juicio sobre el tema celebrado en el país. En ese proceso, “el Ministerio Público Fiscal decidió no acusar con los mismos argumentos sostenidos por este Tribunal (…) se sostuvo que la discusión respondía una cuestión más política que médica”, destacó el juez.

Con lucro, sin autorización. Para él sí quedó demostrado, en cambio, que la actividad que desplegó Laje en la clínica y consultorios esparcidos en Córdoba y otras localidades, pudo haber generado un perjuicio en la salud de los pacientes y que tuvo un fin lucrativo y comercial. Puntualizó que “los lugares en los que se expendía no solo no estaban autorizados, sino que en algunos casos las personas que atendían, no habrían sido médicos, más allá que Laje si lo era, quedando también involucrados en dichas actividades, el Sr. Mariño y la Sra. Toranzo Gil, ya que de las mismas comunicaciones surge que tenían una responsabilidad organizacional en la comercialización del aceite de cannabis”.

En esta línea resolvió cambiar la calificación legal y consideró que debía aplicarse el art. 204 ter del Código Penal que dice que “será reprimido con prisión de uno a cuatro años y multa de $10.000 a $200.000, el que produjere o fabricare sustancias medicinales en establecimientos no autorizados”.

A partir de ahí, realizó una cronología señalando que desde septiembre de 2017 había transcurrido un tiempo superior al máximo de la pena prevista y decretó la prescripción.

Casas Nóblega

adelantó que apelará

Ante esta nueva resolución del juez, el fiscal Carlos Casas Nóblega adelantó a este medio que insistirá en que la Cámara de Apelaciones revea el fallo.

“Tenemos postura tomada sobre el tema, no compartimos el cambio de calificación legal que realizó el juez”, aseveró ante la consulta.

Mañana a última hora harán la presentación, antes del vencimiento del plazo para elevar el recurso que permitirá una nueva intervención del tribunal de Alzada.

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2021-10-17T07:00:00.0000000Z

2021-10-17T07:00:00.0000000Z

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