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‘Sharenting’ bajo la lupa: prohíben a instagramer mostrar fotos de las hijas

Se hizo lugar a un pedido del padre, que argumentó lucro sobre su imagen. “Es una manifestación del ‘malestar de la cultura’”, explica un psicólogo.

CLARA FERNÁNDEZ ESCUDERO

Es una de las nuevas manifestaciones del “malestar de la cultura”, según definen expertos en psicoanálisis. El sharenting (compartir imágenes de los hijos en redes sociales, según la definición del neologismo en inglés) puede alcanzar a veces un matiz más que esa –en apariencia– simple determinación: un fallo de una jueza de familia bonaerense hizo lugar a una medida cautelar presentada por el progenitor de tres niñas y solicitó a su madre, una reconocida instagramer, que quite imágenes y videos donde las menores estén presentes porque consideró que esto vulnera su intimidad.

“Frente al respeto a las atribuciones de los padres de marcar los lineamientos por los cuales transitarán la educación y formación de sus hijos, se impone también la imperiosa necesidad de que no se vulneren los derechos y garantías de los que estos son titulares. El gobierno de los intereses personales, propio de la autonomía de la voluntad, no acontece cuando los padres cumplen su función de educar y formar a sus hijos”, escribió la jueza Sandra Fabiana Veloso, del Juzgado de Familia Nº 1 de Tigre, en una sentencia que responde a la demanda del padre de las niñas para que su ex pareja –a quien señala con la intención de “con un fin comercial, vinculado a su actividad laboral y en busca de lucro” con las imágenes de las menores– se abstuviera de “cargar, difundir y/o publicar en cualquier plataforma de redes sociales información, imágenes, videos, etc., así como respecto a cualquier elemento que pudiera identificar a alguna de ellas”. La mujer explicó ante la jueza Veloso que el objetivo de crear su cuenta en la red social no tuvo un fin comercial, pero que su crecimiento fue exponencial y aparecieron ofertas de productos de parte de determinadas marcas asociadas a la actividad que ella desarrolla en ese espacio. “(La mujer) afirma que decidió crear su cuenta con el fin de compartir su vida diaria y videos de cómo había logrado hacer arreglos en casa, dando consejos basados en su propia experiencia, sin ningún propósito lucrativo”. También expuso que ella es el principal sostén de esas niñas y que les brinda una calidad de vida sin ningún tipo de carencias.

El caso es paradigmático no solo por la alta cantidad de seguidores que tiene la instagramer, sino también porque durante mucho tiempo se ha debatido la importancia de preservar la intimidad de quienes aún no tienen poder de decisión sobre el uso de su imagen en redes. El derecho está comenzando a meterse en esta nueva discusión, pero también juegan las posibles consecuencias que esas acciones de los adultos pueden tener sobre los más chicos cuando estos crezcan. Y también, claro está, porque está la mirada de género sobre la acusación y sobre la regulación judicial: es el hombre quien acusa a la mujer de actuar en forma incorrecta, aun cuando esta declara ser el principal sostén del hogar que habita con sus hijas.

“En otras épocas, traspasar el umbral del propio hogar dejaba el ‘afuera’ en una dimensión exterior y el ‘adentro’ en un espacio que resguardaba la intimidad, si bien el psiquismo siempre podía fantasear, viajar por mundos insondables de fantasías, deseos y objetos ausentes. La naturalización de las prácticas de publicar en el espacio virtual imágenes propias y de los otros ha generado cierta laxitud respecto de poder acordar con esos otros, consensuar desde el más básico cuidado con la anuencia de los otros a ser expuestos en las redes sociales”, explica Jorge Catelli, profesor e investigador de la UBA y psicoanalista miembro de la Asociación Psicoanalítica Argentina (APA).

“Estas prácticas han logrado

“El interés superior del niño le confiere un ‘plus de protección’”, escribió la jueza

cierta legitimación de la vulneración de la intimidad propia y de los otros, hasta que se plantea un cuestionamiento, una pregunta en relación con la aparición del sujeto y su malestar. Se trata de una nueva manifestación del ‘malestar en la cultura’”, agrega el experto.

“El superior interés del niño confiere a este una protección especial, un ‘plus de protección’, dada su situación de vulnerabilidad; y ello en razón de que no ha completado todavía la constitución de su aparato psíquico. Ante situaciones como las presentadas, el interés moral y material de los niños debe tener una relevante prioridad sobre cualquier otra ponderación”, dijo la jueza del caso.

Para el psicoanalista Catelli, “el cuidado del otro implica una relación con el cuidado de sí y el reconocimiento, vía identificación, de efectos y consecuencias de estos descuidos, que exponen a los sujetos y su intimidad, de modos pocas veces del todo calculables. La necesidad de aparición de un tercero revela la inconsistencia de esa figura internalizada para repensar el cuidado de los propios hijos”.

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2021-11-27T08:00:00.0000000Z

2021-11-27T08:00:00.0000000Z

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