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Los perros peligrosos deben ser registrados

C.A.B.A., Buenos Aires. Al igual que con la Ley provincial Nº 14.107 y la ordenanza comunal N° 9548, vigentes en la ciudad de La Plata que ordenan el registro de los perros de razas potencialmente peligrosas, ahora la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acaba de homologar una ordenanza al respecto. De acuerdo a lo que establece la Ley N° 4.078 sancionada el pasado 11 de junio, el propietario de un perro que, por su raza o características sea considerado “perro potencialmente peligroso”, debe inscribirse en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la C.A.B.A. Según la resolución de la Agencia de Protección Ambiental porteña, se consideran así a los perros “pertenecientes a las razas pitbull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileño, tosa inu, akita inu, doberman, rottweiller, bullmastiff, dogo de burdeos, bull terrier, gran perro japonés, mastín napolitano, presa canario, ovejero alemán, cane corso y aquellos adiestrados para el ataque”. “Asimismo, a aquellos canes que fueron resultado de cruces entre las razas mencionadas o con otras obteniendo una tipología similar, a saber: más de 20 kilogramos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado”, según reza la disposición.

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2021-06-29T07:00:00.0000000Z

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